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Estas son las personas que no están obligadas a presentar prueba negativa de COVID al tomar vuelo al país

Menores de 2 años, diplomáticos y tripulación están eximidos de presentar prueba PCR para tomar un vuelo al país

Toda persona que quiera tomar un vuelo hacia El Salvador deberá presentar obligatoriamente ante la aerolínea la prueba PCR RT para COVID-19, impresa y con todos los datos del viajero. La misma debe tener un máximo de 72 horas de haber sido entregada por el laboratorio, señaló la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma (CEPA).

Cada aerolínea que no cumpla con esta exigencia, se hará acreedor de una multa de $6,000. Además, CEPA se reserva el derecho de cerrar el aeropuerto de manera inmediata, inclusive si hay vuelos arribando al país.

CEPA detalló que los salvadoreños que salgan del país y no puedan ingresar a su destino, podrán retornar al país sin necesidad de presentar la prueba.

El Gobierno reabrió este sábado las actividades en el Aeropuerto Internacional San Óscar Arnulfo romero, como parte de la reactivación económica. La terminal aérea reinició operaciones con el 20 % de su capacidad.

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