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Establecen en El Salvador un impuesto del 0% para importación de vehículos eléctricos

De acuerdo a lo aprobado por el Pleno Legislativo, se establece un derecho arancelario a la importación del 0% para los vehículos eléctricos e híbridos. Están exentos del pago del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y Servicios (IVA) que se generen por la importación del bien, así como del Impuesto Especial a la Primera Matrícula de Bienes en el Territorio Nacional de un 100% a los vehículos automotores eléctricos nuevos y los vehículos automotores híbridos nuevos, sean enchufables o no enchufables.

Para los vehículos usados, la exención será del 25%, y para bicicletas y demás velocípedos propulsados únicamente con motor eléctrico es del 100%.  Estas exenciones tendrán una validez de diez años contados, a partir de la entrada en vigencia de la normativa.

La ley no ha entrado en vigencia, ya que el presidente de la República envió el decreto observado, dichas observaciones aún se encuentran en estudio de la comisión.

De igual forma, aprobaron modificaciones a la Ley del Fondo Social para la Vivienda (FSV), con el propósito de garantizar el buen funcionamiento del FSV. Con estas reformas, se armoniza la Ley del FSV con las enmiendas al Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, bajo las cuales se creó el Ministerio de Vivienda.

Algunas de las modificaciones plantean que el titular del Ministerio de Vivienda ejercerá la presidencia de la Asamblea de Gobernadores del Fondo Social para la Vivienda (FSV). Además, a partir de estas reformas, el FSV se relacionará con los órganos del Gobierno, a través de dicho ministerio.

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